Ejemplo de demanda contencioso-administrativa por nacionalidad

Escrito de demanda en Procedimiento Ordinario (Denegación por silencio administrativo negativo)

Ejemplo de demanda contencioso-administrativa por nacionalidad

Concretamente por silencio administrativo negativo

 

Conocer el aspecto de una demanda lleva ya tiempo siendo una solicitud recurrente que nos hacen a través de los mensajes de nuestra página de Facebook. Tras meditarlo un tiempo, hemos decidido compartir con vosotros este ejemplo de demanda Contencioso-Administrativa para que podais tener una idea de en que consiste. Recordad que esto NO es un modelo de escrito de interposición de recurso Contencioso-Administrativo, y NO puede utilizarse sin la intervención de un abogado y procurador. Por tanto, está aquí simplemente como información visual, y no es el escrito con el que se inicia el procedimiento, así que no hay que asustarse si el primer escrito que os envía vuestro abogado no se parece en nada a este o es mucho más corto. Es normal.

Para facilitar la lectura, incluiremos comentarios en negrita y cursiva a lo largo del texto. Allá vamos:

 
Procedimiento ordinario XXXXX/2019
Denegación de nacionalidad
XXXXXXXX (nombre del cliente)

(Estos datos sirven para que los funcionarios puedan identificar rápidamente de que procedimiento se trata, así le damos una ayuda por pequeña que sea que pueda beneficiar al cliente)
 
A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
DE LA AUDIENCIA NACIONAL
SECCIÓN XXXXXX

(Esta referencia indica a que parte del sistema judicial debe ir el escrito exactamente)
 
Don XXXXXXXXXXXXXX, Procurador de los Tribunales de Madrid, en nombre y representación de

Don XXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, natural de XXXXXXXXXXXX

y bajo la dirección del Letrado XXXXXXXXXXXXX, colegiado nº XXXX del Ilustre Colegio de la Abogacía de XXXXXXXXXXX,

(Aqui se identifica primero al procurador, luego al cliente, y luego al abogado)

 
ante esta Sala comparezco y como mejor proceda en Derecho,

DIGO

Que habiéndose notificado en fecha XXXXXXX la Diligencia de ordenación por la que se emplaza a esta parte a fin de formalizar la demanda en el plazo de veinte días, mediante el presente escrito y dentro del plazo establecido FORMULO LA DEMANDA en base a los siguientes

(Como decíamos, este no es el escrito de inicio del procedimiento, que se conoce como escrito de interposición del recurso contencioso-administrativo. Por tanto, cuando se presenta el escrito de demanda, el procedimiento ya lleva un tiempo trabajándose. Aquí identificamos la última actuación que nos hayan comunicado).
 

HECHOS

PRIMERO.- El sr. XXXXXXXXXX, tras haber residido legalmente en España durante XXXXXXXX, solicita mediante formulario estandarizado (Documento número 1) solicitud de reconocimiento de la nacionalidad española en el Registro del Juzgado de Paz de XXXXXXXXXXXX, cumpliendo con todos los requisitos legalmente establecidos, tales como pero no limitados a:

a) Conocimiento de la cultura y costumbres españolas.
b) Conocimiento de la lengua española.
c) Ausencia de antecedentes penales tanto en España como en su país de orígen.
d) Salidas de territorio español limitadas a las establecidas legalmente.
e) Residencia legal y continuada en España durante 10 años inmediatamente anterior a la solicitud.
f) Integración social en España, donde tiene fijada su residencia permanente y donde radican sus planes de futuro.
g) Pago de las tasas requeridas.
h) Otra documentación y requisitos fácticos que se hubieran podido requerir de él.

SEGUNDO.- En fecha XXXXXXXXXXXX, el Juez encargado del Registro Civil de XXXXXXXXXXXXXXX emite auto informando favorablemente respecto a la concesión de la nacionalidad a la solicitante, al considerar que cumple con todos los requisitos documentales y de conocimientos en lo relativo al idioma y la cultura española. Se señala en el auto, específicamente:

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Se adjunta dicho auto como Documento número 2.

TERCERO.- Habiendo transcurrido tres años desde la solicitud, en fecha XXXXXXXXXXXXXXXXXXX interpone recurso Contencioso-Administrativo ante esta Sala para buscar amparo ante la denegación por silencio administrativo que se presume a raíz de la inactividad de la Administración.

CUARTO.- Transcurridos sobradamente los plazos concedidos por esta Sala en repetidas ocasiones para la remisión del expediente administrativo solicitado sin que la misma se haya producido, solicita en fecha XXXXXXXXXXXXXX a la Sala que se le conceda plazo para interponer la presente demanda.

(En este caso, después de haberlo solicitado varias veces, la administración encargada de enviar la copia del expediente administrativo, la Dirección General de Registros y del Notariado, siguió incumpliendo su obligación legal, por lo que solicitamos a la Audiencia que nos permitiera interponer la demanda incluso sin tener el expediente, y así lo hicieron. Esta sección continuaría con los demás hechos que puedan ser importantes para el caso).

A estos hechos son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
A) DE DERECHO PROCESAL

1.- Jurisdicción:

Corresponde al órgano al que me dirijo en virtud de los artículos 4, 9.4 y concordantes de la Ley Orgánica del Poder judicial.

2.- Competencia:

Corresponde a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en virtud del artículo 66 de la L.O.P.J. y artículo 11 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.- Legitimación de las partes:

Está legitimado activamente mi representado conforme al artículo 19.1 apartado a) de la Ley 13 de julio de 1.998, de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, por tener interés directo en este procedimiento, al haber sido denegada su solicitud de concesión de nacionalidad por residencia. Tiene la legitimación pasiva la Administración en base el artículo 21.1 apartado a) de la misma norma legal, por ser la Administración de la que proviene el acto al que se refiere el presente recurso.

4.- Postulación:

La parte actora actúa representada por Procuradora de los Tribunales y dirigida por Abogado en ejercicio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5.- Plazo:

Se interpone Recurso Contencioso-Administrativo ante este Tribunal contra la desestimación presunta de las pretensiones de esta parte, por lo que de acuerdo con la jurisprudencia Constitucional vigente nos encontramos dentro de plazo para inteproner recurso Contencioso-Administrativo.

En fecha 27 de febrero de 2019 se nos emplaza a presentar la Demanda, trámite al que por la presente damos cumplimiento en tiempo y forma.

6.- Costas:

Es de aplicación en relación a las costas el artículo 139 de la ley 29/1998 RJCA.

(En todo este bloque se señalan cuestiones básicas relacionadas con la forma de interponer la demanda. Argumentamos que según la Ley, la Audiencia Nacional es quien debe resolver sobre este tema, y que el recurrente tiene derecho a que se le atienda).

 

B) DE DERECHO MATERIAL

PRIMERO.- A tenor de los hechos expuestos en esta demanda y los documentos adjuntos al expediente administrativo, se ha dado cumplimiento a los requisitos legales establecidos por el artículo 22 y ss. del Código Civil, y del artículo 220 del Reglamento del Registro Civil.

SEGUNDO.- Se ha incumplido por parte de la administración encargada de la resolución del expediente la obligación de resolución en el plazo legalmente establecido en el momento de la solicitud (Art. 42 de la Ley 30/1992, de Procedimiento Admnistrativo Común).

TERCERO.- La pasividad de la Administración demandada en los relativo a la remisión del expediente requerido supone un agravio para los derechos de los ciudadanos, en concreto al acceso a la tutela judicial efectiva, derecho fundamental en el artículo 24 de la Constitución, puesto que con dicha ausencia dificulta la posibilidad de que el recurrente se valga de aquellos mecanismos y documentos que le son necesarios para probar que su situación cumple con los requisitos legalmente establecidos. Este derecho, recordemos, pertenece a «Todas las personas», según la propia redacción de la Constitución, y no únicamente a los ciudadanos españoles.

CUARTO.- XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

QUINTO.- XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

(Aquí señalamos ya cuestiones legales directamente relacionadas con la persona recurrente, y porqué sus circunstancias, de acuerdo con lo que marca la ley y lo que han dicho los tribunales en ocasiones anteriores, significa que se le debe conceder la nacionalidad española).
 
Por todo lo expuesto,

SUPLICO A LA SALA que tenga por presentado en tiempo y forma este escrito y los documentos que lo acompañan, se sirva admitirlo, y tenga por formalizada, en tiempo y forma DEMANDA de Recurso Contencioso-Administrativo contra la denegación presunta de la solicitud de nacionalidad por residencia formulada por XXXXXXXXXXXX, acordándose la concesión de la nacionalidad española, todo ello con expresa imposición de costas a la Administración.

(Éste párrafo indica lo que pedimos, es decir, que se conceda la nacionalidad, y que además que le cobre a la Administración lo que ha costado el procedimiento).
 
PRIMER OTROSÍ DIGO.- Que interesa al derecho de esta parte el recibimiento del juicio a prueba y de conformidad con lo que dispone el art. 60 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se hace constar que la misma versará sobre los siguientes extremos:

Documental, consistente en que se tengan por aportados los documentos que se acompañan a la presente demanda y se dé por reproducida la documentación obrante en el expediente administrativo, en caso de que el mismo fuera aportado por la Administración más adelante.

Suplico a la Sala que tenga por propuesta la prueba que se articula en el apartado anterior a los efectos oportunos, la admita y acuerde el recibimiento del pleito a prueba en el momento procesal oportuno.

(Aquí pedimos también que se nos valore la prueba que hemos adjuntado a la demanda).
 
SEGUNDO OTROSÍ DIGO.- Que de conformidad con lo establecido en el artículo 62.2 de la LJCA, intereso para el momento procesal oportuno que se acuerde el trámite de conclusiones escritas.

(Además, pedimos que una vez valorada la prueba, nos permitan hacer un escrito de conclusiones).

 
TERCER OTROSÍ DIGO.- Que a los efectos legales oportunos manifiesto que la cuantía del presente recurso es indeterminada, por lo que Suplico a la Sala que establezca como indeterminada la cuantía del procedimiento.

(Y además, les indicamos que como lo que se reclama es la concesión de la nacionalidad y no la reclamación de una deuda o indemnización, la cuantía es «indeterminada»).
 
CUARTO OTROSÍ DIGO.- Que se acompañan los siguientes documentos, que son aquellos de los que el demandante considera copia y deberían figurar en el expediente administrativo, y aquí se reptien a meros efectos de proporcionar al tribunal mayor abundamiento, a falta de remisión del expediente por parte de la propia administración:

a) Documento número 1 – Justificante de presentación de la solicitud

b) Documento número 2 – Auto del Juez encargado del Registro Civil, recomendando la concesión.

c) Documento número 3 – Certificado de Vida Laboral

d) Documento número 4 – Permiso de conducción de vehiculos a motor de clase B.

Suplico a la Sala que los tenga por aportados en virtud del primer Otrosí.

(Por último, les incluimos un índice, para ponerles las cosas aún más fáciles a la hora de resolver, esperemos, en nuestro favor).

En Madrid a XX de XXXXX de 2019

(Fecha y firma de abogado y procurador).

 

Confiamos en que os haya sido de utilidad para tener una idea de como se articula esta parte del procedimiento.

¡Un saludo!



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