¿Cuánto cuesta un juicio?

¿Cuánto cuesta un juicio?

Esa es la pregunta más repetida en las búsquedas que llevan a nuestra web; dato cortesía de Google. La segunda, la tercera y la cuarta son similares: «¿Cuanto son las costas de un juicio?», ¿Cuál es el precio de un juicio?». Lamentablemente nada en esta vida tiene una respuesta fácil, pero en vez de quedarnos en un DEPENDE, vamos a intentar hacer lo posible por explicaros todo lo posible:

 

¿Qué me puede costar un juicio?

 

A grandes rasgos, cuanto te cueste un procedimiento judicial va a depender de los siguientes factores:

  1. Si tienes derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita. En este caso, solicitando un abogado de oficio, el procedimiento sería complemente gratuito, si dejamos de lado el resultado del juicio en si. En caso negativo, pasamos a añadir todos los siguientes puntos.
  2. El abogado que elijas. Hay criterios para todos los gustos, pero la sabiduría popular es que un abogado con más experiencia y mejores resultados tiende a cobrar más.
  3. La especialidad sobre la que trate tu tema y la complejidad del asunto. Al hilo del anterior punto, el mismo abogado no te va a cobrar lo mismo por un juicio por asesinato que por negociar con la empresa un finiquito de 500 euros. No es lo mismo una herencia de 2 millones de euros, que un permiso de residencia para un extranjero.
  4. Este sorprenderá a algunos, pero un factor también puede ser la opinión que le generes al abogado: Por un mismo procedimiento, si el abogado encargado de dar el presupuesto entiende, por indicios o trozos de conversación que no puedes o no quieres permitirte un servicio «premium», puede ofrecer un precio más económico, a cambio de que realices personalmente más gestiones. Ojo con esto, porque si vuestra intención es dejarlo absolutamente todo en manos del abogado (o al revés), hay que procurar que quede claro hasta que punto están cubiertos los gastos.
  5. El procurador: En un procedimiento judicial, además del abogado, estarás representado/a por un procurador. El coste del procurador es inferior al del abogado, típicamente entre un 10 y un 25% del coste del abogado. Generalmente el propio abogado se encarga de contactar con un procurador con el que trabaje habitualmente y pedirle presupuesto.
  6. Tasas judiciales: Hoy en día no son de aplicación, a no ser que seas una persona jurídica (empresa, fundación, etc).
  7. Peritos: Si tu procedimiento requiere de la intervención de un experto para dar soporte a tus argumentos, de entrada deberás pagarlo de tu bolsillo. Ejemplos son arquitectos, tasadores de antigüedades, arte o propiedad inmobiliarias, mecánicos, médicos de diferentes especialidades, etc.
  8. La decisión judicial: Por supuesto, la mayor parte del coste de tu procedimiento puede venir de la sentencia que se dicte al final, concretamente el «Fallo», que es la parte de la sentencia que dictamina algo especifico como «Condeno a Fulano Gómez al pago de 10.000 euros a Mengano Jiménez».
  9. Finalmente, las costas. Veámoslas en su propia sección.

 

¿Qué son las costas de un juicio?

 

En términos básicos, las costas son una «sanción» que el juez pone a la parte del procedimiento (demandante o demandado) que considere responsable de, por decirlo en términos coloquiales, hacer perder el tiempo a todo el mundo. Por ejemplo: Supongamos que Fulano le pidió prestados a Mengano esos 10.000 euros que mencionábamos antes. Esto consta en acta notarial. Pasado el plazo de devolución, Mengano le recuerda una y otra vez que le debe dinero, incluso por burofax, y Fulano no lo devuelve. Porque no quiere, porque se lo gastó todo en las tragaperras o porque le prendió fuego accidentalmente a la bolsa con el símbolo del dólar, da igual. Finalmente, Mengano se cansa e interpone demanda judicial contra Fulano. Como Fulano no puede probar que efectivamente ha devuelto el dinero, el juez le condena al pago de los 10.000 euros. Además, le condena a las costas del procedimiento. ¿Qué significa esta condena en costas?

Que aparte de los 10.000 euros, y de lo que le haya costado su propio abogado y procurador, Fulano deberá pagar también todos los costes que le haya causado a Mengano en el procedimiento judicial, es decir su abogado, procurador, los peritos que haya traído por su lado, como castigo por obligar a Mengano a recurrir a los tribunales, en vez de haberle pagado cuando debía, cosa que hubiera evitado a todo el mundo mucho gasto de tiempo y dinero.

«Pero ¿Cuánto pueden llegar a ser las costas?» te oigo preguntar. Pues como máximo, como regla general, será de un tercio (es decir 33,33%) de la cuantía del procedimiento . Por ejemplo, si en nuestro caso la cuantía es de 10.000 euros, el perdedor sería condenado a pagar un máximo de 3.333 euros con 33 céntimos al ganador. IVA aparte, y los procuradores no están incluidos en esa limitación. La cantidad exacta, que no tiene porqué ni suele llegar hasta ese 33,33%, se prueba presentando las facturas del abogado, procurador, peritos, etc, del ganador. ¡Ojo!

a) Esto es solo para los procedimientos declarativos, no para las ejecuciones de sentencia ya existentes. Esas no están limitadas a ninguna cantidad.

b) Por el contrario, muchos tribunales consideran que hay un mínimo no especificado a partir del cual sería indigno hacer cobrar menos a un abogado. Por ejemplo, si la cuantía del procedimiento es de 300 euros, no se puede esperar que el abogado cobre únicamente 100 euros, aunque tampoco se especifica en ningún lugar cuanto debería ser.

c) Tal vez te hayas dado cuenta de que solo he mencionado ganadores y perdedores. ¿Pero que pasa si «empatan» y el juez condenara a Fulano a pagar solo 5.000 euros de los 10.000 que reclamaba Mengano? Pues que no se condenaría a costas ni a uno ni al otro, y cada uno pagaría su propio abogado, procurador, peritos… Mengano podría, según el caso, curarse en salud y rebajar su reclamación inicial a solo los 5.000 euros que esté seguro que va a poderle cobrar a Fulano, para así asegurarse la condena en costas.

 

A esta visión general habría que añadirle infinidad de matices, notas y asteriscos, pero esperamos que os sirva tener al menos una idea de conjunto sobre los riesgos (y seguridades, dependiendo del punto de vista) de embarcarse en una aventura judicial. Quedamos a vuestra disposición.

 

Recibid un cordial saludo de todo el despacho de QaG.



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